Diputados aprueban extinción de dominio quitando persecución bienes ilícitos del pasado

La Cámara de Diputados aprobó este jueves en una primera lectura a unanimidad, el proyecto de ley de extinción de dominio sometiendo un paquete de modificaciones a la iniciativa, entre las que destacan la eliminación de la retrospectividad o persecución de bienes ilícitos adquiridos en el pasado.En ese sentido, los bienes que se adquirieron por narcotráfico, corrupción, trata de personas o testaferrato, pero que fueron obtenidos antes de que se promulgue esta ley, no serán perseguidos para respetar la irretroactividad que ordena la Constitución.

La eliminación de este punto se ejecutó por la insistencia de los diputados opositores, quienes denunciaron constantemente que el proyecto aprobado en el Senado era contrario a la Constitución porque en su artículo 110, la Carta Magna habla sobre la irrectroactividad, que dispone que las leyes solo se aplican para el porvenir y nunca para el pasado.De hecho, antes de aprobarse el proyecto en la Cámara de Diputados, el vocero de la Fuerza del Pueblo, Rubén Maldonado, felicitó las modificaciones de la ley diciendo que en su partido fue que nació la queja sobre la inconstitucionalidad de la pieza si se contemplaba la retrospectividad.

Otro punto que se modificó en la ley, fue la eliminación del artículo 82 que disponía que quien denuncie o pruebe la existencia de un bien ilícito, se beneficiaría con un 3% del valor de los bienes objetos de extinción de dominio.Cuando se suprimió este artículo, los diputados mostraron su respaldo alegando que el eliminado artículo 82 se prestaba para extorsión o para acusar a ciudadanos aún sin las pruebas necesarias.Asimismo, los diputados eliminaron el proxenetismo, el robo agravado y la manipulación del mercado como hechos ilícitos susceptibles de la extinción de dominio, por lo que estos ilícitos ya no se tomarán en cuenta para decomisar bienes presuntamente amañados.

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