SEGURIDAD VIAL
Incluso en verano conviene usar un calzado que sujete todo el pie y sea ligero, cómodo, flexible y con una suela fina
Como cada verano, a muchos nos surge la pregunta de si realmente podemos o no conducir con chanclas. ¿Es legal? ¿Pueden multarnos por ello? Aunque hay muchas información al respecto, esta no acaba de ser clara. Por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido acabar con todas esas dudas en una publicación que ha hecho en su cuenta de Twitter.https://platform.twitter.com/embed/Tweet.html?dnt=false&embedId=twitter-widget-0&features=eyJ0ZndfZXhwZXJpbWVudHNfY29va2llX2V4cGlyYXRpb24iOnsiYnVja2V0IjoxMjA5NjAwLCJ2ZXJzaW9uIjpudWxsfSwidGZ3X2hvcml6b25fdHdlZXRfZW1iZWRfOTU1NSI6eyJidWNrZXQiOiJodGUiLCJ2ZXJzaW9uIjpudWxsfSwidGZ3X3R3ZWV0X2VtYmVkX2NsaWNrYWJpbGl0eV8xMjEwMiI6eyJidWNrZXQiOiJjb250cm9sIiwidmVyc2lvbiI6bnVsbH19&frame=false&hideCard=false&hideThread=false&id=1408017103144337411&lang=es&origin=https%3A%2F%2Fwww.lavanguardia.com%2Fmotor%2Fnormativa%2F20210708%2F7561668%2Fdgt-aclara-te-multar-conducir-chanclas.html&sessionId=a731d9094650ae175cb7b59e3709d895ddcb2c0e&siteScreenName=lavanguardia&theme=light&widgetsVersion=82e1070%3A1619632193066&width=550px
En líneas generales, el Reglamento General de Circulación (RGC) no establece ninguna norma específica sobre el calzado en la conducción, por lo que no es sancionable el hecho de ir al volante con un tipo de calzado concreto, como por ejemplo chanclas. Sin embargo, sí podemos llegar a tener problemas si se considera que esto afectará a la seguridad en la conducción.https://34412f87d0a2729250dccee3befda72e.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-38/html/container.html
No hay ninguna norma específica sobre el calzado en la conducción, pero sí puede ser un acto sancionable
En otras palabras, si un agente de la autoridad opina que las chanclas no te permiten manejar bien los pedales, por ejemplo, te puede sancionar con una multa de hasta 80 euros. Para ampararse con la ley, el agente puede referirse a varios artículos del RGC que se refieren a la obligación del conductor de garantizarse libertad de movimientos en el vehículo y evitar interferencias en una conducción segura:
Artículo 3.1: hace referencia al modo de conducción, con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno.
Artículo 18.1: hace referencia a la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción; y debe mantener la posición adecuada.
Artículo 17.1: establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo.
¿Y cómo afecta a la libertad de movimientos una chancla? Al tratarse de un calzado que no está bien sujeto al pie, puede darse el caso de que en una situación de emergencia se desplace o se suelte de modo que el conductor sea incapaz de controlar correctamente los pedales.